Aprobada una nueva prórroga para VERI*FACTU
El Gobierno ha aprobado una nueva prórroga para la obligatoriedad del sistema de facturación VERI*FACTU, establecida en el Real Decreto-ley 15/2025. Según esta disposición, las sociedades no estarán obligadas a adaptarse hasta el 1 de enero de 2027, mientras que los autónomos y pequeñas empresas dispondrán de plazo hasta el 1 de julio de 2027. Esta medida busca ofrecer tiempo suficiente para que todos los contribuyentes puedan preparar sus sistemas informáticos de facturación antes de que la obligación sea exigible, reconociendo la complejidad técnica de su implementación.
VERI*FACTU, regulado por el Real Decreto 1007/2023, establece que cualquier sistema informático utilizado para expedir facturas debe garantizar la integridad, trazabilidad, autenticidad y conservación de los registros. Los sistemas conformes permiten que las facturas sean verificables mediante un registro electrónico con encadenamiento mediante huellas digitales y un diario de eventos que impide su modificación sin dejar rastro. La prórroga de su obligatoriedad no altera estos requisitos, sino que aplaza la fecha en la que el cumplimiento se vuelve exigible. Hasta entonces, las empresas no enfrentan sanciones por no contar con un sistema conforme a VERI*FACTU, aunque la normativa ya está vigente y los programas de facturación deberán cumplir los criterios reglamentarios cuando llegue la fecha de obligatoriedad.
Aunque a menudo se confunden, VERI*FACTUy la factura electrónica son conceptos distintos. VERI*FACTU regula los sistemas informáticos y los registros de facturación, mientras que la factura electrónica regula el formato digital y el intercambio electrónico entre empresas o profesionales. Esta obligación generalizada entre privados todavía depende del desarrollo reglamentario previsto en la Ley 18/2022, por lo que su aplicación masiva aún no está plenamente operativa.
Sin embargo, la factura electrónica sí es obligatoria desde 2015 cuando se prestan servicios a las administraciones públicas, según la Ley 25/2013, que regula la facturación electrónica en el sector público, y el Real Decreto 1619/2012, que establece la obligación de emitir facturas electrónicas en estas relaciones. Esto significa que todas las empresas y autónomos que trabajen con la Administración deben enviar sus facturas en formato electrónico, independientemente de la entrada en vigor de VERI*FACTU.
Para pymes y autónomos, la prórroga hasta 2027 ofrece un margen adicional para adaptarse a VERIFACTU, aunque no elimina la necesidad de cumplir con sus requisitos cuando llegue la fecha. La extensión reconoce la complejidad técnica de los sistemas de facturación y la necesidad de una implementación ordenada. Mientras tanto, quienes trabajen con la Administración Pública ya deben emitir facturas electrónicas de manera obligatoria, cumpliendo la normativa vigente. Esta dualidad muestra que, aunque VERIFACTU aplaza la obligatoriedad para todos los contribuyentes, ciertos supuestos, como las relaciones con el sector público, ya requieren facturación digital, reforzando la importancia de la adaptación tecnológica en los procesos contables y la planificación de la facturación.
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