NOV.22017

Principales novedades fiscales introducidas por la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

A partir del 1 de enero de 2018, se incluyen entre los gastos para determinar el rendimiento neto en el IRPF en estimación directa, además de las primas de seguro que ya venían deduciéndose:

1. Para los contribuyentes que afecten parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de la actividad económica, serán deducibles los siguientes gastos de suministros de dicha vivienda: agua, gas, electricidad, telefonía e Internet.

Tales gastos serán deducibles en el porcentaje que resulte de aplicar el 30 por ciento a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

2. Los contribuyentes podrán deducir para la determinación del rendimiento neto de la actividad económica en estimación directa los gastos de manutención que cumplan los siguientes requisitos:

Estos gastos tendrán como límite máximo los importes establecidos reglamentariamente para las dietas y asignaciones para gastos normales de manutención de los trabajadores que se contienen en el artículo 9.A.3.a) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Tags: fiscalidad autonomo

       Tel: 964 228 138

       Móv: 637 708 480

 

    

         

         

 

 

Las riquezas están al servicio del sabio; al necio, lo gobiernan
Séneca